Articulo 15 Reglamento general de carreteras
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»Artículo 15. Otras definiciones
Vigente
Para la correcta interpretación y aplicación de la normativa de carreteras de Galicia se tendrán en cuenta, además de las definiciones contenidas en la legislación de carreteras de Galicia y en este reglamento, las que figuran en el anexo.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 20-06-2016 en vigor desde 08-07-2016