Articulo 15 Publicidad y Comunicación Institucional
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»Artículo 15. Imagen institucional de la Administración General del Estado.
Vigente
Las campañas institucionales de publicidad y de comunicación se adaptarán a las disposiciones reguladoras de la imagen institucional de la Administración General del Estado que les sean de aplicación.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 30-12-2005 en vigor desde 19-01-2006