Articulo 15 Procedimiento...e atención

Articulo 15 Procedimientos para el reconocimiento de la situación de dependencia y para la elaboración del Programa individual de atención

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Artículo 15. Instrucción del procedimiento

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1. La instrucción del procedimiento corresponde al departamento competente en materia de dependencia, de acuerdo con lo previsto en el decreto de estructura orgánica de la consellería con competencia en materia de servicios sociales.