Articulo 15 Prevención y control ambiental de las actividades
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»Artículo 15. Oficinas de gestión ambiental unificadas
Vigente
1. La Ponencia Ambiental está apoyada por las Oficinas de Gestión Ambiental Unificada (OGAU), que actúan como órganos territoriales.
2. La composición, las funciones y el régimen de funcionamiento de las OGAU deben determinarse reglamentariamente.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 11-12-2009 en vigor desde 11-08-2010