Articulo 15 Presupuestos 2012 La Mancha
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»Artículo 15. Anticipos de tesorería.
Vigente
Al amparo de lo previsto en el artículo 51 del texto refundido de la Ley de Hacienda de Castilla-La Mancha, aprobado por el Decreto Legislativo 1/2002, de 19 de noviembre, durante 2012, el límite máximo que puede conceder el Consejo de Gobierno como anticipo de tesorería será del 1 por ciento de los créditos autorizados en la presente ley.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 18-07-2012 en vigor desde 19-07-2012