Articulo 15 Prestaciones sociales de carácter económico
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»Artículo 15. Objeto
Vigente
La renta social garantizada de las Illes Balears es una prestación periódica dirigida a cubrir las situaciones de vulnerabilidad social derivada de la carencia de recursos económicos de las personas, familias u otros núcleos de convivencia.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 16-06-2020 en vigor desde 17-06-2020