Articulo 15 Patrimonio Hi...e Canarias

Articulo 15 Patrimonio Histórico de Canarias

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Artículo 15. Disposición general.

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Los bienes integrantes del patrimonio histórico canario se incluirán en alguno de los siguientes instrumentos:

a) Registro de Bienes de Interés Cultural.

b) Inventario de Bienes Muebles.

c) Catálogos arquitectónicos municipales.

d) Cartas arqueológicas municipales.

e) Cartas etnográficas municipales.

f) Cartas paleontológicas municipales.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 24-03-1999 en vigor desde 09-04-1999