Articulo 15 Ordenación Farmacéutica de Cantabria
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»Artículo 15. Libertad de elección.
Vigente
Todos los ciudadanos tienen derecho a la libre elección de oficina de farmacia, así como a la asistencia y al asesoramiento del profesional farmacéutico con las debidas garantías de confidencialidad y privacidad para el usuario.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 27-12-2001 en vigor desde 16-01-2006