Articulo 15 Memoria Democrática
Articulo 15 Memoria Democrática

Articulo 15 Memoria Democrática

No hay nodos disponibles
Ver Indice
»

Artículo 15. Derecho de las víctimas a la verdad.

Vigente

Tiempo de lectura: 2 min

Tiempo de lectura: 2 min


1. A efectos de esta ley, se reconoce el derecho de las víctimas, sus familiares y la sociedad en general, a la verificación de los hechos y la revelación pública y completa de los motivos y circunstancias en que se cometieron las violaciones del Derecho Internacional Humanitario o de violaciones graves y manifiestas de las normas internacionales de los derechos humanos ocurridas con ocasión de la Guerra y de la Dictadura y, en caso de fallecimiento o desaparición, acerca de la suerte que corrió la víctima y al esclarecimiento de su paradero.

2. Con la finalidad de fomentar el conocimiento científico imprescindible para el desarrollo de la memoria democrática en los términos definidos en esta ley, la Administración General del Estado impulsará la investigación de todos los aspectos relativos a la Guerra y la Dictadura, así como de los procesos memoriales que han tenido lugar en el país. Se impulsarán investigaciones comparadas que conecten el caso español con procesos europeos y globales afines.

3. En el fomento de la investigación histórica sobre los aspectos señalados en el apartado anterior, en cumplimiento del mandato establecido en el artículo 44.2 de la Constitución, se tendrá en cuenta el papel esencial que desempeña el debate histórico para la formación de una conciencia histórica adecuada a la dignidad de los ciudadanos de una sociedad libre y democrática y la contribución al mismo de las conclusiones que sean resultado de la aplicación en la verificación e interpretación de los hechos de los usos y métodos característicos de la ciencia historiográfica. Ello se entenderá sin perjuicio de la incertidumbre consustancial al citado debate que deriva del hecho de referirse a sucesos del pasado sobre los que el investigador puede formular hipótesis o conjeturas al amparo de la libertad de creación científica reconocida en el artículo 20.1.b) del Texto Fundamental.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 20-10-2022 en vigor desde 21-10-2022