Articulo 15 Medidas tribu...008 Aragón

Articulo 15 Medidas tributarias 2008 Aragón

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Artículo 15.-Devengo y gestión.

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La tasa se devengará cuando se inicie la prestación de los servicios o actuaciones que constituyen el hecho imponible. No obstante lo anterior, el pago podrá exigirse con posterioridad a la autorización o toma de conocimiento del espectáculo deque se trate.