Articulo 15 Medidas restrictivas contra violaciones y abusos graves de los derechos humanos
Artículo 15
1. El anexo I mencionará los motivos de la inclusión en la lista de las personas físicas o jurídicas, entidades u organismos de que se trate.
2. El anexo I contendrá, cuando se disponga de ella, la información necesaria para identificar a las personas físicas o jurídicas, entidades u organismos de que se trate. Respecto de las personas físicas, esa información podrá incluir el nombre y apellidos y los alias, el lugar y fecha de nacimiento, la nacionalidad, el número de pasaporte o de documento de identidad, el sexo, el domicilio, si se conoce, y el cargo o la profesión. En el caso de las personas jurídicas, entidades u organismos, la información podrá incluir el nombre, el lugar y la fecha de registro, el número de inscripción y el lugar de actividad.
- Texto Original. Publicado el 07-12-2020 en vigor desde 08-12-2020