Articulo 15 Medidas Fiscales y Administrativas 2013 de Aragón
No hay nodos disponibles
Ver Indice
»Artículo 15. - Objeto del impuesto.
Vigente
El impuesto sobre el daño medioambiental causado por las grandes áreas de venta tiene por objeto gravar la concreta capacidad económica manifestada en la actividad y el tráfico desarrollados en establecimientos comerciales que, por su efecto de atracción al consumo, provoca un desplazamiento masivo de vehículos y, en consecuencia, una incidencia negativa en el entorno natural y territorial de la Comunidad Autónoma de Aragón.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 25-01-2014 en vigor desde 26-01-2014