Articulo 15 Medidas Fisca... de Madrid

Articulo 15 Medidas Fiscales y Administrativas 2006 de Madrid

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Artículo 15. Modificación parcial de la Ley 10/1999, de 16 de abril, por la que se regula la Cámara Oficial de Comercio e Industria en la Comunidad de Madrid.

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Se modifica el artículo 26 de la Ley 10/1999, de 16 de abril, por la que se regula la Cámara Oficial de Comercio e Industria en la Comunidad de Madrid, que queda redactado en los siguientes términos:

Artículo26. Recurso cameral permanente.

Obligación de pago y devengo y su recaudación.

1. En lo referente a la obligación de pago y devengo, así como para la recaudación, y en general los demás extremos relativos al recurso cameral permanente, se estará a lo dispuesto en los preceptos básicos de la Ley 3/1993, de 22 de marzo, de Cámaras Oficiales de Comercio, Industria y Navegación.

2. Una tercera parte de la exacción que recae sobre las cuotas del Impuesto de Sociedades estará afectada al cumplimiento de las funciones que la presente Ley atribuye a la Cámara en materia de formación, innovación, competitividad y desarrollo empresarial.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 29-12-2006 en vigor desde 01-01-2007