Articulo 15 Mecenazgo cul...s fiscales

Articulo 15 Mecenazgo cultural y sus incentivos fiscales

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Artículo 15. Justificación de las ayudas recibidas en virtud de los convenios de colaboración.

Vigente

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1. La práctica de las deducciones y reducciones exigirá la acreditación de la efectividad del convenio de colaboración, mediante certificación expedida por la persona o entidad beneficiaria.

2. La certificación a que hace referencia el apartado anterior deberá contener, al menos, los siguientes extremos.

a) Nombre y apellidos o denominación social y Número de Identificación Fiscal tanto de la persona o entidad beneficiaria como del colaborador.

b) Mención expresa de que la persona o entidad beneficiaria se encuentra incluida en las contempladas en el artículo 4.

c) Documento público u otro documento fehaciente que acredite la celebración del convenio de colaboración.

d) Importe de la ayuda recibida en virtud del convenio de colaboración.

e) Destino que la persona o entidad beneficiaria dará a la ayuda recibida.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 26-05-2014 en vigor desde 27-05-2014