Articulo 15 Inventario y Planes de Instalaciones y Equipamientos Deportivos
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»Artículo 15. Responsabilidad.
Vigente
Las obligaciones establecidas en este decreto recaerán, en primer término, sobre la persona titular de la instalación o el equipamiento deportivo, y en segundo término, sobre las personas que ostenten la titularidad de la gestión de la instalación o del equipamiento.