Articulo 15 Incompatibilidades de Altos Cargos
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»Artículo 15.
Vigente
1. El Registros de Actividades tendrá una sola sección.
2. El Registro de Bienes y Derechos Patrimoniales se organizará en tres secciones:
a) Sección de Tomas de Posesión y Ceses.
b) Sección de Declaraciones Fiscales Anuales.
c) Sección de gestión de valores y Activos Financieros.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 04-05-1995 en vigor desde 04-05-1995