Articulo 15 Impuestos Med...ovoltaicos

Articulo 15 Impuestos Medioambientales sobre parques eólicos y sobre parques fotovoltaicos

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Artículo 15. Obligados tributarios.

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1. Son sujetos pasivos del impuesto en calidad de contribuyentes las personas físicas o jurídicas o entidades del artículo 35.4 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, que sean titulares de las instalaciones de los parques fotovoltaicos que generen el hecho imponible del impuesto en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de Aragón.

2. Serán responsables solidarios del pago del impuesto las personas que exploten los parques fotovoltaicos que generen el hecho imponible cuando no coincidan con quienes sean titulares de los mismos.