Articulo 15 desarrolla la Ley 37/2003, del Ruido, en lo referente a zonificacion... emisiones acusticas
Articulo 15 desarrolla la Ley 37/2003, del Ruido, en lo referente a zonificacion acustica, objetivos de calidad y emisiones acusticas
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»Artículo 15. Cumplimiento de los objetivos de calidad acústica para ruido aplicables a áreas acústicas.
Vigente
Se considerará que se respetan los objetivos de calidad acústica establecidos en el artículo 14, cuando, para cada uno de los índices de inmisión de ruido, Ld, Le, o Ln, los valores evaluados conforme a los procedimientos establecidos en el anexo IV, cumplen, en el periodo de un año, que:
Ningún valor supera los valores fijados en la correspondiente tabla A, del anexo II.
El 97 % de todos los valores diarios no superan en 3 dB los valores fijados en la correspondiente tabla A, del anexo II.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 23-10-2007 en vigor desde 24-10-2007