Articulo 15 Cualificación... carretera

Articulo 15 Cualificación inicial y formación continua de conductores de transporte de mercancías o de viajeros por carretera

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Artículo 15. Entrada en vigor

Vigente

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La presente Directiva entrará en vigor a los veinte días de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 23-12-2022 en vigor desde 12-01-2023