Articulo 15 Coordinación y financiación de la atención primaria de servicios sociales
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»Artículo 15. Ámbito de aplicación
Vigente
El contrato programa incluirá, de acuerdo con el artículo anterior, los servicios en materia de servicios sociales que un determinado municipio o mancomunidad preste en su ámbito territorial, en los términos que se establezcan en las fichas contenidas en el contrato programa.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 06-05-2020 en vigor desde 07-05-2020