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Articulo 15 Cooperación Administración - Ayuntamientos en la selección de policía local, vigilantes municipales y auxiliares de policía local

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Artículo 15. Elección de plaza en los sistemas de acceso de turno libre y movilidad

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1. Cuando el sistema de acceso aplicable sea el de turno libre o el de movilidad, la Dirección de la Academia Gallega de Seguridad Pública convocará a las personas aprobadas o que obtuvieron plaza a una reunión presencial para elegir plaza, dentro de las comprendidas en la convocatoria en el proceso selectivo unitario, por riguroso orden de la puntuación obtenida en este.

2. La concurrencia por parte de las personas aprobadas a la reunión prevista en el número 1 de este artículo solamente podrá aplazarse en los supuestos y en los términos previstos en los artículos 16 y 17 del Decreto 15/2023, de 12 de enero, por el que se desarrolla la Ley 4/2007, de 20 de abril, de coordinación de policías locales, para las pruebas de las oposiciones.

A las personas aprobadas a quienes no les haya sido aplazada la reunión citada en el párrafo anterior, y que no comparezcan personalmente o por medio de representante, les serán adjudicadas las plazas que les correspondan según la puntuación obtenida en el proceso selectivo, una vez concluido el proceso de adjudicación de las personas aprobadas presentes o representadas, entre las que hubiesen quedado sin adjudicar.

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