Articulo 15 Carta Municipal de Barcelona

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Artículo 15.

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1. La Comisión de Gobierno está integrada por el Alcalde o Alcaldesa, los Tenientes de Alcalde y los Concejales a los que nombre el Alcalde o Alcaldesa, y debe dar cuenta al Consejo Municipal de dichos nombramientos.

2. También pueden integrar la Comisión de Gobierno los Concejales de Distrito.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 08-01-1999 en vigor desde 28-01-1999