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Articulo 15 Cambio climático y la transición ecológica

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Artículo 15. Presupuestos de carbono

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1. Los presupuestos de carbono, como mecanismo de planificación y seguimiento para la integración de los objetivos de la presente ley en las políticas sectoriales, serán aprobados por la conselleria competente en cambio climático y tienen la finalidad de definir el reparto, entre los diferentes sectores de actividad económica, de los objetivos de reducción de emisiones difusas y de marcar la cantidad total de emisiones para el conjunto de la Comunitat Valenciana. Todo ello, en el marco de los objetivos fijados por la Unión Europea y la legislación básica.

2. Los presupuestos de carbono, sobre una base científica, se fijarán de forma quinquenal y se tomarán como base para la fijación de objetivos de reducción de emisiones y eficiencia energética, que se cumplirán progresivamente por sectores.

3. Para establecer cada presupuesto de carbono se deberán tener en cuenta, entre otros factores, los impactos sobre los diferentes sectores y el potencial técnico de reducción de emisiones de cada uno, las circunstancias económicas y sociales, la competitividad y la política energética.

4. Los presupuestos de carbono serán públicos y accesibles por vía telemática en la página web de la conselleria competente en materia de cambio climático y a través del portal de transparencia.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 09-12-2022 en vigor desde 10-12-2022