Articulo 15 bases regulad...ncia local

Articulo 15 bases reguladoras y concesión directa de ayudas complementarias para actuaciones de competencia local

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Artículo 15. Comisión mixta de seguimiento

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1. Se crea una comisión que verificará el cumplimiento de las previsiones contenidas en este decreto ley, a fin de impulsar y asegurar el desarrollo de las actuaciones hasta su total ejecución.

2. Esta comisión, con la finalidad de reforzar el impulso de las actuaciones financiadas, estará integrada por:

- Presidencia: La persona titular de la conselleria de Medio Ambiente, Agua, Infraestructuras y Territorio, o personal directivo o funcionarial adscrito a su organización en quien delegue.

- Persona titular de la Secretaría Autonómica de Presidencia, o personal directivo o funcionarial adscrito a su organización en quien delegue.

- Persona titular de la Secretaría Autonómica de Relaciones Institucionales y Transparencia, o personal directivo o funcionarial adscrito a su organización en quien delegue.

- Persona titular de la Dirección General de Administración Local, de la Presidencia de la Generalitat, o persona funcionaria adscrita a dicha dirección general en quien delegue.

- Persona titular de la Dirección General del Agua, o persona funcionaria adscrita a dicha dirección general en quien delegue.

- Cada uno de los ayuntamientos incluidos en el anexo de este decreto ley que haya aceptado la subvención directa designará, entre cargo público electo o persona funcionaria de la corporación, una persona en representación de la corporación local que acudirá a la comisión de seguimiento en calidad de vocal, previa la convocatoria, y cuando la actividad a evaluar afecte a su municipio.

- Cuatro vocales designados por la Federación Valenciana de Municipios y Provincias, vinculados con los municipios incluidos en el anexo I.

- Una persona nombrada por la persona titular de la conselleria competente en materia de obras públicas entre el personal funcionarial de la conselleria, que ejercerá las funciones de secretaría de la comisión, con voz y sin voto.