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Articulo 149 Reglamento marco de coordinación de las policías locales

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Artículo 149. Causas para poder pasar a la situación de segunda actividad

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Las causas por las que se puede pasar a la situación de segunda actividad son las establecidas en el artículo 56 de la Ley 4/2013.

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  • Texto Original. Publicado el 25-05-2019 en vigor desde 26-05-2019