Articulo 149 Patrimonio de C León

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Artículo 149. Principios de la gestión de los edificios administrativos.

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La gestión de los edificios administrativos por parte de la Administración General de la Comunidad y sus entidades institucionales se inspirará en el principio de adecuación a las necesidades de los servicios públicos, y se realizará con sujeción a los siguientes criterios y principios:

  1. Planificación global e integrada de las necesidades de inmuebles de uso administrativo.

  2. Eficiencia y racionalidad en su utilización.

  3. Rentabilidad de las inversiones, considerando la repercusión de las características de los inmuebles en su utilización por los ciudadanos y en la productividad de los servicios administrativos vinculados a ellos.

  4. Imagen unificada, que evidencie la titularidad de los edificios, y que transmita los valores de austeridad, eficiencia y dignidad inherentes al servicio público.

  5. Coordinación por la consejería competente en materia de hacienda de los aspectos económicos de los criterios anteriores, y verificación por parte de dicha consejería de su cumplimiento.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 30-10-2006 en vigor desde 19-11-2006