Articulo 149 Medidas tributarias 2007 Aragón
Artículo 149. -Tarifas.
1. La tasa se exigirá conforme a las siguientes tarifas.
1.1. Instalación de tendidos aéreos de líneas eléctricas, telefónicas y otros tendidos de similar naturaleza, con sobrevuelo del tendido:
Tarifa 01. Ocupación en vías pecuarias de interés cultural o ecológico o que atraviesen espacios naturales protegidos y espacios de Red Natura 2000 y concesión del uso privativo de montes de titularidad de la Comunidad Autónoma: 0,21 euros/m2.
Tarifa 02. Ocupación en el resto de vías pecuarias: 0,10 euros/m2.
1.2. Parques eólicos.
Tarifa 03. Ocupación de vías pecuarias de interés cultural o ecológico o que atraviesen espacios naturales protegidos y espacios de Red Natura 2000 y la concesión de uso privativo de montes de titularidad de la Comunidad Autónoma: 2,05 euros/m2.
Tarifa 04. Ocupación en el resto de vías pecuarias: 1,03 euros/m2.
1.3. Antenas, mástiles y otros soportes de elementos de medición o para la reemisión de señales.
a) Torres anemométricas.
Tarifa 05. Ocupación en vías pecuarias de interés cultural, ecológico o que atraviesen espacios naturales protegidos y espacios de Red Natura 2000 y la concesión de uso privativo de montes de titularidad de la Comunidad Autónoma: 922,50 euros.
Tarifa 06. Ocupación en el resto de vías pecuarias: 666,25 euros.
b) Torres para antenas de reemisión de telefonía móvil.
Tarifa 07. Ocupación en vías pecuarias de interés cultural, ecológico o que atraviesen espacios naturales protegidos y espacios de Red Natura 2000 y la concesión de uso privativo de montes de titularidad de la Comunidad Autónoma: 4.100,00euros/Ud.
Tarifa 08. Ocupación en el resto de vías pecuarias: 2.460,00 euros/Ud.
c) Antenas de reemisión de radio y televisión.
Tarifa 09. Ocupación en vías pecuarias de interés cultural, ecológico o que atraviesen espacios naturales protegidos y espacios de Red Natura 2000 y la concesión del uso privativo de montes de titularidad de la Comunidad Autónoma: 3.075,00euros/Ud.
Tarifa 10. Ocupación en el resto de vías pecuarias: 2.050,00 euros/Ud.
1.4. Tendidos de líneas eléctricas subterráneas, tuberías enterradas de agua o gas y otras instalaciones subterráneas.
Tarifa 11. Ocupación en vías pecuarias de interés cultural, ecológico o que atraviesen espacios naturales protegidos y espacios de Red Natura 2000 y la concesión de uso privativo de montes de titularidad de la Comunidad Autónoma: 0,21 euros/m22.
Tarifa 12. Ocupación en el resto de vías pecuarias: 0,10 euros/m2.
1.5. Carteles y señales informativos, indicativos y publicitarios.
Tarifa 13. Ocupación en vías pecuarias de interés cultural, ecológico o que atraviesen espacios naturales protegidos y espacios de Red Natura 2000 y la concesión de uso privativo de montes de titularidad de la Comunidad Autónoma: 51,25 euros/m2de cartel.
Tarifa 14. Ocupación en el resto de vías pecuarias: 30,75 euros/m2 de cartel.
1.6. Instalación de puertas (que no impidan el tránsito ganadero), pasos canadienses u otras instalaciones de cierre.
Tarifa 15. Ocupación en vías pecuarias de interés cultural, ecológico o que atraviesen espacios naturales protegidos y espacios de Red Natura 2000 y la concesión de uso privativo de montes de titularidad de la Comunidad Autónoma: 41,00 euros/m2.
Tarifa 16. Ocupación en el resto de vías pecuarias: 30,75 euros/m2.
1.7. Balsas de regulación y de abastecimiento de agua.
Tarifa 17. Ocupación en vías pecuarias de interés cultural, ecológico o que atraviesen espacios naturales protegidos y espacios de Red Natura 2000 y la concesión de uso privativo de montes de titularidad de la Comunidad Autónoma: 2,05 euros/m2.
Tarifa 18. Ocupación en el resto de vías pecuarias: 1,03 euros/m2.
1.8. Otras instalaciones con ocupación superficial como depósitos, quemaderos, subestaciones eléctricas, básculas, perreras o similares.
Tarifa 19. Ocupación en vías pecuarias de interés cultural, ecológico o que atraviesen espacios naturales protegidos y espacios de Red Natura 2000 y la concesión de uso privativo de montes de titularidad de la Comunidad Autónoma: 5,13 euros/m2.
Tarifa 20. Ocupación en el resto de vías pecuarias: 2,56 euros/m2.
1.9. Depósito de materiales de construcción o de otro tipo y áreas de estacionamiento de vehículos o maquinaria.
Tarifa 21. Ocupación en vías pecuarias de interés cultural, ecológico o que atraviesen espacios naturales protegidos y espacios de Red Natura 2000 y la concesión de uso privativo de montes de titularidad de la Comunidad Autónoma: 0,10 euros/m2.
Tarifa 22. Ocupación en el resto de vías pecuarias: 0,05 euros/m2.
1.10. Construcción de accesos a predios colindantes.
Tarifa 23. Ocupación en vías pecuarias de interés cultural, ecológico o que atraviesen espacios naturales protegidos y espacios de Red Natura 2000 y la concesión de uso privativo de montes de titularidad de la Comunidad Autónoma: 0,31 euros/m2.
Tarifa 24. Ocupación en el resto de las vías pecuarias: 0,15 euros/m2.
1.11. Usos recreativos privativos: campings y otros usos similares.
a) Usos recreativos con vallado.
Tarifa 25. Ocupación en vías pecuarias de interés cultural, ecológico o que atraviesen espacios naturales protegidos y espacios de Red Natura 2000 y la concesión de uso privativo de montes de titularidad de la Comunidad Autónoma: 0,12 euros/m2.
Tarifa 26. Ocupación en el resto de vías pecuarias: 0,06 euros/m2.
b) Usos recreativos sin vallado.
Tarifa 27. Ocupación en vías pecuarias de interés cultural, ecológico o que atraviesen espacios naturales protegidos y espacios de Red Natura 2000 y la concesión de uso privativo de montes de titularidad de la Comunidad Autónoma: 0,07 euros/m2.
Tarifa 28. Ocupación en el resto de vías pecuarias: 0,03 euros/m2.
1.12. Ocupaciones para cultivos agrícolas.
Tarifa 29. Ocupación en vías pecuarias de interés cultural, ecológico o que atraviesen espacios naturales protegidos y espacios de Red Natura 2000 y, eventualmente, la concesión de uso privativo en montes de titularidad de la Comunidad Autónoma:0,31 euros/m2.
Tarifa 30. Ocupación en el resto de vías pecuarias: 0,15 euros/m2.
1.13. Canteras y préstamos.
Tarifa 31. Ocupación en vías pecuarias de interés cultural, ecológico o que atraviesen espacios naturales protegidos y espacios de Red Natura 2000 y la concesión de uso privativo de montes de titularidad de la Comunidad Autónoma: 0,23 euros/m2.
Tarifa 32. Ocupación en el resto de vías pecuarias: 0,11 euros/m2.
2. En todo caso, se aplicará una tarifa minima de 51,25 euros.