Articulo 149 Medidas Fiscales, de Gestión Administrativa y Financiera, y de Organización 2013 de la Generalitat
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»Artículo 149
Vigente
Se modifica el artículo 7 de la Ley 6/1991, de 27 de marzo, de la Generalitat, de Carreteras de la Comunidad Valenciana, que queda redactado como sigue:
«Artículo 7. Efectos del Catálogo
La aprobación del Catálogo del Sistema Viario y sus modificaciones conllevará la incorporación de los distintos tramos viarios a las redes establecidas en el artículo 4.º y la asunción efectiva de las competencias y responsabilidades en materia de conservación y explotación por los futuros titulares de las vías, en los plazos que establezca el decreto aprobatorio del mismo, sin perjuicio de la obligación de proceder a los cambios de titularidad correspondientes.»
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 27-12-2013 en vigor desde 01-01-2014