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Articulo 149 Medidas Fiscales y Administrativas 2013 de Aragón

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Artículo 149. - Tarifas.

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La tasa se exigirá conforme a las siguientes tarifas.

1.1. Instalación de tendidos aéreos de líneas eléctricas, telefónicas y otros tendidos de similar naturaleza, con sobrevuelo del tendido:

Tarifa 01. Ocupación en vías pecuarias de interés cultural o ecológico, o que atraviesen espacios naturales protegidos y espacios de Red Natura 2000, y concesión del uso privativo de montes de titularidad de la Comunidad Autónoma: 0,247 euros/m 2.

Tarifa 02. Ocupación en el resto de vías pecuarias: 0,117 euros/m 2.

1.2. Parques eólicos.

Tarifa 03. Ocupación de vías pecuarias de interés cultural o ecológico, o que atraviesen espacios naturales protegidos y espacios de Red Natura 2000, y la concesión de uso privativo de montes de titularidad de la Comunidad Autónoma: 2,398 euros/m 2.

Tarifa 04. Ocupación en el resto de vías pecuarias: 1,204 euros/m 2.

1.3. Antenas, mástiles y otros soportes de elementos de medición o para la reemisión de señales.

a) Torres anemométricas:

Tarifa 05. Ocupación en vías pecuarias de interés cultural, ecológico o que atraviesen espacios naturales protegidos y espacios de Red Natura 2000, y la concesión de uso privativo de montes de titularidad de la Comunidad Autónoma: 1.078,89 euros.

Tarifa 06. Ocupación en el resto de vías pecuarias: 779,20 euros.

b) Torres para antenas de reemisión de telefonía móvil:

Tarifa 07. Ocupación en vías pecuarias de interés cultural, ecológico o que atraviesen espacios naturales protegidos y espacios de Red Natura 2000 y la concesión de uso privativo de montes de titularidad de la Comunidad Autónoma: 4.795,12 euros/Ud.

Tarifa 08. Ocupación en el resto de vías pecuarias: 2.877,07 euros/Ud.

c) Antenas de reemisión de radio y televisión:

Tarifa 09. Ocupación en vías pecuarias de interés cultural, ecológico o que atraviesen espacios naturales protegidos y espacios de Red Natura 2000 y la concesión del uso privativo de montes de titularidad de la Comunidad Autónoma: 3.596,35 euros/Ud.

Tarifa 10. Ocupación en el resto de vías pecuarias: 2.397,56 euros/Ud.

1.4. Tendidos de líneas eléctricas subterráneas, tuberías enterradas de agua o gas y otras instalaciones subterráneas.

Tarifa 11. Ocupación en vías pecuarias de interés cultural, ecológico o que atraviesen espacios naturales protegidos y espacios de Red Natura 2000 y la concesión de uso privativo de montes de titularidad de la Comunidad Autónoma: 0,246 euros/m 2.

Tarifa 12. Ocupación en el resto de vías pecuarias: 0,117 euros/m 2.

1.5. Carteles y señales informativos, indicativos y publicitarios.

Tarifa 13. Ocupación en vías pecuarias de interés cultural, ecológico o que atraviesen espacios naturales protegidos y espacios de Red Natura 2000 y la concesión de uso privativo de montes de titularidad de la Comunidad Autónoma: 59,995 euros/m 2 de cartel.

Tarifa 14. Ocupación en el resto de vías pecuarias: 35,97 euros/m 2 de cartel.

1.6. Instalación de puertas (que no impidan el tránsito ganadero), pasos canadienses u otras instalaciones de cierre.

Tarifa 15. Ocupación en vías pecuarias de interés cultural, ecológico o que atraviesen espacios naturales protegidos y espacios de Red Natura 2000 y la concesión de uso privativo de montes de titularidad de la Comunidad Autónoma: 47,95 euros/m 2.

Tarifa 16. Ocupación en el resto de vías pecuarias: 35,962 euros/m 2.

1.7. Balsas de regulación y de abastecimiento de agua.

Tarifa 17. Ocupación en vías pecuarias de interés cultural, ecológico o que atraviesen espacios naturales protegidos y espacios de Red Natura 2000 y la concesión de uso privativo de montes de titularidad de la Comunidad Autónoma: 2,398 euros/m 2.

Tarifa 18. Ocupación en el resto de vías pecuarias: 1,204 euros/m 2.

1.8. Otras instalaciones con ocupación superficial como depósitos, quemaderos, subestaciones eléctricas, básculas, perreras o similares.

Tarifa 19. Ocupación en vías pecuarias de interés cultural, ecológico o que atraviesen espacios naturales protegidos y espacios de Red Natura 2000 y la concesión de uso privativo de montes de titularidad de la Comunidad Autónoma: 6,00 euros/m 2.

Tarifa 20. Ocupación en el resto de vías pecuarias: 2,994 euros/m 2.

1.9. Depósito de materiales de construcción o de otro tipo y áreas de estacionamiento de vehículos o maquinaria.

Tarifa 21. Ocupación en vías pecuarias de interés cultural, ecológico o que atraviesen espacios naturales protegidos y espacios de Red Natura 2000 y la concesión de uso privativo de montes de titularidad de la Comunidad Autónoma: 0,117 euros/m 2.

Tarifa 22. Ocupación en el resto de vías pecuarias: 0,060 euros/m 2.

1.10. Construcción de accesos a predios colindantes.

Tarifa 23. Ocupación en vías pecuarias de interés cultural, ecológico o que atraviesen espacios naturales protegidos y espacios de Red Natura 2000 y la concesión de uso privativo de montes de titularidad de la Comunidad Autónoma: 0,362 euros/m 2.

Tarifa 24. Ocupación en el resto de las vías pecuarias: 0,177 euros/m 2.

1.11. Usos recreativos privativos: campings y otros usos similares.

a) Usos recreativos con vallado.

Tarifa 25. Ocupación en vías pecuarias de interés cultural, ecológico o que atraviesen espacios naturales protegidos y espacios de Red Natura 2000 y la concesión de uso privativo de montes de titularidad de la Comunidad Autónoma: 0,141 euros/m 2.

Tarifa 26. Ocupación en el resto de vías pecuarias: 0,070 euros/m 2.

b) Usos recreativos sin vallado.

Tarifa 27. Ocupación en vías pecuarias de interés cultural, ecológico o que atraviesen espacios naturales protegidos y espacios de Red Natura 2000 y la concesión de uso privativo de montes de titularidad de la Comunidad Autónoma: 0,082 euros/m 2.

Tarifa 28. Ocupación en el resto de vías pecuarias: 0,036 euros/m 2.

1.12. Ocupaciones para cultivos agrícolas.

Tarifa 29. Ocupación en vías pecuarias de interés cultural, ecológico o que atraviesen espacios naturales protegidos y espacios de Red Natura 2000 y, eventualmente, la concesión de uso privativo en montes de titularidad de la Comunidad Autónoma: 0,360 euros/m 2

Tarifa 30. Ocupación en el resto de vías pecuarias: 0,181 euros/m 2.

1.13. Canteras y préstamos.

Tarifa 31. Ocupación en vías pecuarias de interés cultural, ecológico o que atraviesen espacios naturales protegidos y espacios de Red Natura 2000 y la concesión de uso privativo de montes de titularidad de la Comunidad Autónoma: 0,269 euros/m 2.

Tarifa 32. Ocupación en el resto de vías pecuarias: 0,128 euros/m 2.

2. En todo caso, se aplicará una tarifa mínima de 59,93 euros.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 25-01-2014 en vigor desde 26-01-2014