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Articulo 148 Tasas y precios públicos de Andalucía

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Artículo 148. Beneficios fiscales.

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1. Estarán exentas del pago de la tasa las corporaciones locales y las mancomunidades de municipios.

2. Tendrán derecho a una bonificación del 50% las personas titulares de explotaciones que incorporen y desarrollen políticas de responsabilidad social y medioambiental que atiendan a cualquiera de los objetivos señalados en el artículo 39.2 de la Ley 2/2011, de 4 de marzo, de Economía Sostenible, siempre que lo acrediten mediante la certificación o calificación de responsabilidad social corporativa otorgada por una entidad independiente pública o privada debidamente acreditada.

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