Articulo 148 Organización...Autonómico

Articulo 148 Organización y Régimen Jurídico del Sector Público Autonómico

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Artículo 148. Tipos de convenios.

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1. Este capítulo será de aplicación a los convenios que celebren la Administración de la Comunidad Autónoma Aragón y sus organismos públicos adscritos, así como las universidades públicas que integran el Sistema Universitario de Aragón, entre sí o con:

a) El Estado, y sus organismos públicos y entidades de derecho público vinculados o dependientes.

b) Las comunidades autónomas y sus organismos públicos y entidades de derecho público vinculados o dependientes.

c) Las entidades que integran la Administración local, y sus organismos públicos y entidades de derecho público vinculados o dependientes.

d) Las Cortes de Aragón y el Justicia de Aragón, así como con los órganos estatutarios dotados de autonomía funcional cuando sus leyes reguladoras lo permitan.

e) Las universidades públicas.

f) Cualesquiera otros sujetos de derecho público.

g) Los sujetos de derecho privado.

h) Los entes regionales europeos, entes públicos de otros Estados u organismos internacionales con intereses económicos, sociales, ambientales, educativos, científicos y culturales comunes.

2. Los convenios suscritos por la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón con otra u otras comunidades autónomas se regirán por lo dispuesto en esta ley y tendrán por objeto cualquier materia incluida en el ámbito de sus competencias. De la celebración de estos convenios deberá informarse a las Cortes de Aragón y a las Cortes Generales en el plazo de un mes a contar desde la fecha de su firma.

3. Los convenios que celebre la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón con entidades locales deberán cumplir con lo dispuesto en la normativa vigente en materia de régimen local, así como con la regulación establecida en este capítulo.

4. Este capítulo no será de aplicación a los convenios urbanísticos que se regirán por su normativa específica.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 02-07-2021 en vigor desde 02-10-2021