Articulo 148 Actividad Fí... de Murcia

Articulo 148 Actividad Física y Deporte de Murcia

No hay nodos disponibles
Ver Indice
»

Artículo 148. Funciones del Comité.

Vigente

Tiempo de lectura: 1 min

Tiempo de lectura: 1 min


Son competencias del Comité de Justicia Deportiva de la Región de Murcia las siguientes.

a) El conocimiento y resolución de los recursos que se deduzcan contra los acuerdos de los órganos deportivos titulares de la potestad disciplinaria deportiva.

b) El conocimiento y resolución de los recursos que se deduzcan contra los acuerdos de las juntas electorales de las federaciones deportivas.

c) El conocimiento y resolución de cualesquiera recursos contra acuerdos federativos relativos a la ordenación, calificación y autorización de competiciones oficiales y a la tramitación y emisión de licencias.

d) El conocimiento y resolución de los conflictos que se puedan suscitar entre las federaciones en el ejercicio de sus funciones públicas delegadas de carácter administrativo.

e) El establecimiento de medidas preventivas y de coordinación de todos los agentes implicados para la erradicación de la violencia en el deporte.

f) El conocimiento y resolución de cuantas cuestiones sobre las materias precedentes estime tratar de oficio o a instancia de la dirección general competente en materia de actividad física y deporte.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 27-03-2015 en vigor desde 18-04-2015