Articulo 146 TR de la Ley...s Públicos

Articulo 146 TR. de la Ley de Tasas y Precios Públicos

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Artículo 146. Cuota.

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La tasa se exigirá según la siguiente tarifa (euros):

Sanidad mortuoria. Autorizaciones.

1

Exhumación y reinhumación o cremación de cadáveres y restos:

1.1

Exhumación y reinhumación o cremación de cadáveres y restos humanos:

85,73

1.2

Exhumación y reinhumación o cremación de restos cadavéricos:

8,54

2

Vela y exposición de cadáver en edificio público:

108,12

3

Traslado de cadáveres no inhumados del grupo I y II:

81,60

4

Establecimientos y depósitos mortuorios:

4.1

Creación y funcionamiento de tanatorios:

316,20

4.2

Creación y funcionamiento de crematorios:

316,20

4.3

Creación y funcionamiento de cementerios:

499,80

4.4

Clausura de cementerios:

81,60

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 27-12-2007 en vigor desde 28-12-2007