Articulo 146 Reglamento de gestión de los tributos derivados del Régimen Económico y Fiscal Canario
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»Artículo 146.- Obligación de informar sobre operaciones incluidas en los libros registro del Impuesto General Indirecto Canario.
Vigente
(SUPRIMIDO)
Modificaciones
- Modificación realizada (146 (se suprime)) por DECRETO 111/2018, de 30 de julio, que modifica el Decreto 268/2011, de 4 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento de gestión de los tributos derivados del Régimen Económico y Fiscal de Canarias.
(BOC de 07-08-2018) en vigor desde 01-01-2019 - Modificación realizada (146 (apdo. 1)) por DECRETO 120/2013, de 26 de diciembre, por el que se modifica el Reglamento de gestión de los tributos derivados del Régimen Económico y Fiscal de Canarias aprobado por Decreto 268/2011, de 4 de agosto.
(BOC de 31-12-2013) en vigor desde 01-01-2014 - Artículo modificado por DECRETO 71/2012, de 2 de agosto, por el que se modifican el Reglamento de gestión de los tributos derivados del Régimen Económico y Fiscal de Canarias aprobado por Decreto 268/2011, de 4 de agosto, y el Decreto 314/2011, de 24 de noviembre, por el que se regula el régimen de las tiendas libres de impuestos a los efectos del Impuesto sobre las Labores del Tabaco y de los tributos derivados del Régimen Económico y Fiscal de Canarias y la repercusión en el Impuesto sobre las Labores del Tabaco.
(BOC de 14-08-2012) en vigor desde 15-08-2012