Articulo 146 Reestructuración del sector público para agilizar la actividad administrativa
Artículo 146. Modificación del artículo 72 de la Ley 7/2011
Se modifican las letras a, b y c del apartado 3 del artículo 72 de la Ley 7/2011, que quedan redactadas del siguiente modo:
"a) Dinamizar el patrimonio cultural mediante la cooperación entre agentes públicos y privados para mejorar su promoción, conservación y gestión, especialmente estableciendo estrategias de apoyo y colaboración con los entes locales.
"b) Fomentar la vinculación del patrimonio cultural con el desarrollo territorial y paisajístico y con el desarrollo económico, a fin de generar nuevos recursos destinados a la promoción y conservación de dicho patrimonio.
"c) Fomentar el uso del patrimonio cultural y de los equipamientos, prestando especial atención a la educación y al turismo cultural; mejorar su vinculación con la comunidad y su internacionalización, y fomentar las prácticas asociadas a la conservación y divulgación de dicho patrimonio."
- Texto Original. Publicado el 30-12-2011 en vigor desde 31-12-2011