Articulo 146 Igualdad efectiva entre mujeres y hombres
No hay nodos disponibles
Ver Indice
»Artículo 146. Infracciones.
Vigente
El incumplimiento de las obligaciones contenidas en la presente ley, así como en las normas que la complementen o desarrollen, en los términos previstos por el artículo 27.3 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, constituye infracción administrativa en materia de igualdad de género en la Comunidad Autónoma de Cantabria.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 08-03-2019 en vigor desde 09-03-2019