Articulo 146 Función Pública Valenciana

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Artículo 146. Excedencia voluntaria

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La excedencia voluntaria del personal funcionario de carrera podrá adoptar las siguientes modalidades:

a) Excedencia voluntaria por interés particular.

b) Excedencia voluntaria por agrupación familiar.

c) Excedencia voluntaria automática por prestar servicios en el sector público.

d) Excedencia voluntaria por cuidado de familiares.

e) Excedencia voluntaria por razón de violencia de género.

f) Excedencia voluntaria por razón de violencia terrorista

g) Excedencia voluntaria incentivada.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 20-04-2021 en vigor desde 20-05-2021