Articulo 145 Reglamento de Procedimiento del Tribunal General
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»Artículo 145. Presentación del escrito de formalización de la intervención
Vigente
1. El coadyuvante podrá presentar el escrito de formalización de la intervención en el plazo que fije el Presidente.
2. El escrito de formalización de la intervención contendrá:
a) las pretensiones del coadyuvante, que apoyarán, total o parcialmente, las pretensiones de una de las partes principales;
b) los motivos y alegaciones del coadyuvante;
c) las pruebas y la proposición de prueba, si ha lugar.
3. Una vez presentado el escrito de formalización de la intervención, el Presidente fijará un plazo a las partes principales para que respondan a dicho escrito.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 23-04-2015 en vigor desde 01-07-2015