Articulo 145 Medidas Fiscales y Administrativas 2013 de Aragón
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»Artículo 145.- Sujetos pasivos.
Vigente
Son sujetos pasivos de la tasa, en concepto de contribuyentes, las personas físicas o jurídicas, así como las comunidades de bienes, sociedades civiles y demás entes carentes de personalidad jurídica propia que constituyan una unidad económica o un patrimonio separado a quienes se conceda la ocupación temporal de vías pecuarias o el uso privativo de los montes que forman parte del dominio público forestal de titularidad de la Comunidad Autónoma de Aragón.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 25-01-2014 en vigor desde 26-01-2014