Articulo 145 Cooperativas de La Mancha
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»Artículo 145. Concepto y caracteres.
Vigente
Son cooperativas de seguros las que tienen por objeto el ejercicio de la actividad aseguradora y de producción de seguros, en los ramos y con los requisitos establecidos en la legislación del seguro y, con carácter supletorio, por la presente Ley.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 16-11-2010 en vigor desde 16-01-2011