Articulo 143 Medidas Fiscales, Gestión Administrativa y Financiera, y Organización
Artículo 143
Se modifica el apartado 3 del artículo 92 de la Ley 10/2010, de 9 de julio, de Ordenación y Gestión de la Función Pública Valenciana, que pasa a quedar redactado de la siguiente forma.
«3. La competencia para resolver las declaraciones de compatibilidad corresponde:
a) Al conseller o consellera que ostente la competencia en materia de sanidad, respecto del personal cuya gestión corresponda a dicha conselleria y desarrolle su actividad principal adscrito a ese departamento, organismos o entidades dependientes.
b) Al conseller o consellera que ostente la competencia en materia de educación, respecto del personal docente que desarrolle su actividad principal adscrito a dicho departamento, organismos o entidades En el ámbito universitario esta competencia es ejercida por el rector o rectora de la universidad.
c) Al conseller o consellera competente en materia de función pública, respecto del resto de personal que desarrolla su actividad principal en la administración de la Generalitat, sus organismos, entes, corporaciones de derecho público y empresas que de ella dependan. Si la actividad principal se desarrolla en las universidades de la Comunitat Valenciana, organismos o entidades dependientes de la misma, esta competencia será ejercida por el rector o rectora correspondiente.»
- Texto Original. Publicado el 27-12-2012 en vigor desde 01-01-2013