Articulo 143 Medidas Fiscales y Administrativas 2013 de Aragón
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»Artículo 143. - Exenciones.
Vigente
Están exentas del pago de la tasa, en los casos en los que se grava la adjudicación y renovación de licencias y la inscripción registral, los servicios de comunicación audiovisual correspondientes a emisoras municipales de FM y a estaciones de televisión digital terrestre locales gestionadas por los Ayuntamientos.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 25-01-2014 en vigor desde 26-01-2014