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Articulo 142 biodiversidad y patrimonio natural

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Artículo 142. Promoción de los conocimientos tradicionales para la conservación del patrimonio natural y la biodiversidad.

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De acuerdo con las normas, resoluciones y principios del Convenio sobre la Diversidad Biológica, de la Organización Mundial de Propiedad Intelectual y la legislación básica estatal, las Administraciones públicas de la Comunidad Autónoma de La Rioja:

a) Preservarán, mantendrán y fomentarán los conocimientos y las prácticas de utilización consuetudinaria que sean de interés para la conservación y el uso sostenible del patrimonio natural y de la biodiversidad, en especial, en los espacios naturales protegidos de la Red.

b) Promoverán que los beneficios derivados de la utilización de estos conocimientos y prácticas se compartan equitativamente.

c) Promoverán la integración de los conocimientos tradicionales relevantes para la conservación y el uso sostenible de la biodiversidad y la geodiversidad en el ámbito de la Comunidad Autónoma de La Rioja, con especial atención a los etnobotánicos, en el Inventario Español de los Conocimientos Tradicionales relativos al Patrimonio Natural y la Biodiversidad.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 08-02-2023 en vigor desde 28-02-2023