Articulo 140 quinquies IVA

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Artículo 140 quinquies. Sujeto pasivo.

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Será sujeto pasivo del impuesto correspondiente a las entregas de oro de inversión que resulten gravadas por haberse efectuado la renuncia a la exención a que se refiere el artículo 140 ter, el empresario o profesional para quien se efectúe la operación gravada.

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  • Texto Original. Publicado el 07-08-2023 en vigor desde 08-08-2023