Articulo 140 Organización y Régimen Jurídico del Sector Público Autonómico
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»Artículo 140. Régimen patrimonial.
Vigente
El patrimonio de las fundaciones públicas de la comunidad autónoma se regirá por el derecho privado, por las normas contenidas en esta ley, en la normativa de patrimonio de Aragón y en su normativa específica.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 02-07-2021 en vigor desde 02-10-2021