Articulo 140 Función pública de I. Balears
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»Artículo 140. Tipología de las sanciones
Vigente
Las sanciones que pueden imponerse son:
a) Separación del servicio o revocación del nombramiento del personal funcionario interino.
b) Suspensión de funciones y retribuciones.
c) Traslado a un puesto de trabajo situado en una localidad o isla distinta.
d) Traslado a un puesto de trabajo situado en la misma localidad.
e) Pérdida de uno a tres grados personales.
f) Amonestación.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 03-04-2007 en vigor desde 03-07-2007