Articulo 14 Voluntariado
No hay nodos disponibles
Ver Indice
»Artículo 14. Fomento del voluntariado
Vigente
Las Administraciones públicas en el ámbito territorial de la Comunidad de Madrid promoverán acciones dirigidas a incentivar la participación ciudadana en actividades de voluntariado como medida de reconocimiento del valor que el voluntariado tiene para la sociedad.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 03-03-2015 en vigor desde 23-03-2015