Articulo 14 Turismo de C. La Mancha
No hay nodos disponibles
Ver Indice
»Artículo 14. Concepto.
Vigente
Son empresas de alojamiento turístico aquellas que se dedican, de manera profesional y habitual, a proporcionar hospedaje o residencia, mediante precio, a las personas que lo demandan, con o sin prestación de otros servicios.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 12-06-1999 en vigor desde 28-07-1999