Articulo 14 Tasas y precios públicos de Andalucía
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»Artículo 14. Responsables tributarios.
Vigente
1. La ley específica de cada tasa podrá declarar responsables solidarios o subsidiarios de la deuda tributaria, junto a los sujetos pasivos, a otras personas o entidades.
2. Las entidades o sociedades aseguradoras de riesgos que motiven actuaciones o servicios administrativos que constituyan el hecho imponible de una tasa responderán solidariamente de ella.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 30-12-2021 en vigor desde 01-01-2022