Articulo 14 Subvenciones de C León
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Artículo 14. Fin de la vía administrativa.

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Las resoluciones de los procedimientos de concesión de subvenciones, de los procedimientos de gestión y justificación de subvenciones y de los procedimientos para determinar el incumplimiento, y los actos de trámite que determinen la imposibilidad de continuar el procedimiento o produzcan indefensión ponen fin a la vía administrativa.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 03-10-2008 en vigor desde 01-01-2009